Dr. Fernando Zamora Castellanos*
Publicado en el Suplemento Pagina Abierta bajo la
dirección:
Grupos de ciudadanos están
uniendo esfuerzos para proponer cambios en nuestro sistema político
constitucional. Conozco dos propuestas de iniciativa ciudadana. La denominada
Vía Costarricense, -en la que he tenido el inmerecido honor de participar como
miembro de su Consejo- y el importante aporte del grupo encabezado por mi
apreciado amigo Jaime Ordóñez. Con ese mismo propósito, el Gobierno se ha
sumado a estas iniciativas y ha conformado su propio comité. Las propuestas que
surgen de estos grupos son variopintas. Don Vladimir de la Cruz, -del
grupo que auspicia el gobierno-, adelantó a la prensa la propuesta de la Junta
de Notables de aumentar a 80 el número de diputados. Algunos enfoques que
estudian los grupos privados, incluyen la transformación de nuestra actual forma
de gobierno presidencialista. No convendría que ninguno de estos grupos considere
su propuesta a la sociedad como un traje a la medida, sino líneas generales
para la discusión en los foros públicos. Como contribución inicial al debate, conviene
realizar un primer análisis de una propuesta de reforma que ya consta en la
corriente legislativa y que es anterior a la propuesta de los grupos privados
que he mencionado.
La propuesta que aquí
analizaré incluye un conjunto de reformas constitucionales que consta bajo el
Expediente 18331. Fue suscrita por 14 diputados de diversas fracciones. Esencialmente
plantea la reforma del sistema de elección y de participación de los diputados
en el plenario. La idea de que los diputados sean electos por selección directa
de los votantes y no por listas puede ser conveniente. El problema del proyecto
es que propone que un porcentaje de ellos sean electos si logran ganar su
circunscripción electoral específica. Si la tendencia es que el partido mayoritario
gana la gran mayoría de las circunscripciones, -como ha sucedido con las
elecciones de alcaldes- esto provocaría la conformación de un parlamento que no
sea auténticamente representativo de la proporcionalidad de fuerzas políticas
existente. El fenómeno reiterado que ha sucedido con la elección de las
alcaldías, es que el Partido vencedor de la contienda nacional, tiende a dominar
las elecciones cantonales con dichas designaciones. Así, tal mecanismo
propuesto, -de que los diputados sean electos bastando ganar su
circunscripción- amenaza el principio constitucional de representación de las
minorías. Otra de las propuestas de esta iniciativa legislativa, es la idea de
que dentro de una misma cámara parlamentaria, un pequeño porcentaje de los
congresistas sean electos con mayores requisitos de inscripción y mediante un mecanismo
de elección diferenciado, -esta vez sí- con base en el sistema de
representación proporcional. Así, dentro de la misma cámara existiría un
pequeño porcentaje de diputados “diferenciados” por requisitos y por sistema de
elección. Este otro aspecto de la propuesta es igualmente inconveniente, pues incorpora
elementos constitucionales que son propios de un sistema constitucional
bicameral, pero en el seno de uno unicameral. Termina convirtiéndose en un
“híbrido” impropio.
Un aspecto interesante de
este paquete de reformas constitucionales es que incorpora la posibilidad de la
revocación del mandato legislativo, retirando las credenciales de los diputados
que faltan al deber de probidad. De acuerdo a la jurisprudencia constitucional,
esto es plenamente conveniente. Sin embargo incorpora dos distorsiones que son inconvenientes.
Por una parte, a la vez que propone la adecuada revocación por motivos
sustentados en acusaciones éticas, propone también la revocación anticipada sin
que tal motivación sea necesaria. Esto implica que los diputados serían
sometidos a un proceso revocatorio sustentado en cualquier motivación política ajena
a la de orden ético. Lo que deteriora el principio parlamentario de autonomía de
la voluntad del legislador, contenido en los numerales 110 y 121 inciso 9) de
nuestra Constitución. Por otra parte propone además la imposición de un control
registral que establezca el historial de votación de cada parlamentario, lo
que, -quiérase o no- igualmente menoscabará ese citado principio. Así se
proscribe la disidencia, y abre las puertas a la homogeneidad ideológica que es
propia de los sistemas sin libertades ni contrapesos.
Así mismo el proyecto propone una
sensible disminución del número de diputados necesarios para establecer el
quórum requerido para sesionar. Esto es igualmente inconveniente. Deprecia la
calidad de la actividad legislativa, menoscabando el principio parlamentario de
promoción y conminación a la participación. El ideal democrático requiere la mayor
participación y asistencia posible de miembros en la conformación del quórum para
el trabajo parlamentario. Todo director de un debate legislativo debe evitar la
tentación de facilitar una participación limitada, permitiendo disminuciones en
la conformación de los grupos de discusión. Esta tendencia atenta contra el
ideal democrático que aspira al conocimiento general en el estudio de la ley.
Por eso, cuando los jerarcas parlamentarios deniegan permisos sin una debida justificación,
sustentan su razonamiento en el respeto a este principio. El parlamento no es una
industria de leyes. Su objetivo es que éstas sean de calidad, aunque sean
pocas. Es preferible un país de pocas leyes y muchas libertades, que uno de
muchas leyes y pocas libertades.
Finalmente, el proyecto propone abrir la
reelección sucesiva de los diputados. Esa idea tiene débiles ventajas y fuertes
desventajas. Si bien es cierto el electorado puede reelegir un buen
congresista, nada garantiza la calidad de sus gestiones sucesivas. A cambio, la
grave desventaja consiste en que se rompe el paradigma constitucional costarricense,
-consolidado en 1969 y hoy tristemente depreciado-, que nos caracterizaba como una
democracia no reeleccionista. En esa materia los constituyentes fueron sabios
al establecer una tendencia constitucional no reeleccionista. Reconocían que la
concentración del poder deteriora la democracia. Con la sangre todavía fresca
de millones de sus víctimas, recordaban el lema de la brutal revolución
mexicana: ¡Democracia efectiva es no reelección!
Del proyecto, es
rescatable la propuesta de que las remuneraciones de los diputados salgan de su
propia esfera de decisión y pase a ser un asunto definido técnicamente. fzamora@abogados.or.cr