Dr. Fernando
Zamora Castellanos.
Abogado constitucionalista
Publicado en el Diario español El Imparcial
bajo la dirección:
Publicado en La Nación:
La revolución digital de los
últimos cincuenta años ha incubado un escenario pasmosamente diferente al que
ofreció la revolución industrial. El nuevo paradigma demanda un desafío de tal
magnitud para los Estados nacionales, que hoy deben repensarse estrategias
graves que permitan sentar las bases de una nueva cultura constitucional
democrática. Resumo aquí algunas ideas que años atrás tuve la oportunidad de exponer
como conferencista invitado al Congreso de la Asociación Iberoamericana de
Derecho Público. Gracias
a los medios digitales de información instantánea, el ciudadano ha dejado de
ser el convidado de piedra del sistema democrático. Hoy tiene la posibilidad -y
lo hace-, de interactuar agresivamente en defensa de sus intereses y
aspiraciones. Por ello, está surgiendo lo que se ha dado en llamar democracia
interactiva o participativa. El arrastre provocado por la fuerza de este nuevo
oleaje, está entronizando lo que Kuhn denominó, un nuevo paradigma. Al extremo
que detona los mismos cimientos de la vieja democracia representativa,
haciéndola tambalear hacia la inexorable sustitución de ésta. Para fortalecer
las garantías e ideales contenidos en el derecho de la Constitución, las democracias
occidentales están urgidas de sentar las bases que permitan una pronta
transición hacia la democracia de participación.
Para quienes soñamos con el nuevo horizonte que se
otea, la quimera es alcanzar algo cercano al arquetipo democrático de la Grecia
antigua. Pero esta vez, a través de un ágora virtual. Uno dimensionado a la
realidad de sociedades con millones de habitantes, que le permita a éstos
pronunciarse constantemente, de tal forma que sea posible, con celeridad,
resolver las diferentes cuestiones públicas que se les plantean. Desde ya, el
desarrollo tecnológico digital contemporáneo puede permitir la existencia de
una administración pública electrónica, con una capacidad comunicativa
instantánea de tipo bidireccional, en la que el administrado accede fácilmente
a la información y puede interactuar con la administración pública. Desde una
perspectiva tecnológica estricta, la democracia digital es posible a corto
plazo. Lo que se requiere es una adecuada sistematización jurídica y
constitucional de los procesos democráticos y de administración pública, de tal
forma que sea posible catalizar una mejor y mayor interacción de la ciudadanía
con el Estado. La apertura constitucional de la democracia digital facilitará incluso
una mayor fiscalización social sobre materias tales como la contratación
administrativa o del control de los recursos del erario público. En esta era
digital, ¿por qué no soñar con una verdadera revolución constitucional en
nuestro hemisferio occidental? Fortalecer la digitalización de la democracia
permitirá auditar la actividad pública de forma tan eficaz, que incluso se
podrían implementar nuevos institutos constitucionales como el censo
revocatorio electrónico o el referendo cibernético. Este tipo de procesos electrónicos deberán llegar
a contemplarse en las constituciones occidentales. Y tan forzosamente, como
sucede con otras figuras jurídicas que hoy ya son indudablemente reconocidas.
Cambios constitucionales que deberían estar valorándose en cualquier democracia
que se precie de innovadora. De hecho, en Europa se desarrolló el proyecto denominado
Cybervote, en el que empresas y
entidades ensayaron diseños prototipo en materia de encriptación y seguridad de
sufragios y datos. Se investigó para determinar los requerimientos técnicos que
permitieran cambios legislativos que hiciesen segura la emisión de sufragios
desde computadoras base o móviles. Sumadas las ventajas de eficiencia y
celeridad, vale advertir que, por el ahorro de recursos, la implementación de
los procesos electrónicos de la democracia, implica además una ventaja
económica descomunal.
Aún más, en materias como la contratación con el
Estado y la electoral, los procesos electrónicos son agresivos promotores de la
transparencia y la democracia económica. Porque el ahorro de recursos
materiales que generarían administraciones públicas sustentadas en la red,
alentarían la igualdad de condiciones para sus administrados, lo que es
fundamental en procedimientos jurídicos como las licitaciones o aún los
electorales. Igualmente la democracia digital aumentará el protagonismo
ciudadano en razón de la facilidad comunicativa que ésta permite. Es la
necesaria transformación de ese estado burocratizado, vertical, distante y
costoso, en uno cercano y dinámico gracias a la eficacia que la digitalización
conlleva, con información permanente -sin restricciones horarias ni de espacio
físico-, y donde los requerimientos de traslado se reducen drásticamente. Es la
conquista del anhelado ideal descentralizador. Algunos de los obstáculos a
vencer para determinar cuánto tardará en consolidarse plenamente esta nueva
cultura democrática, pueden enumerarse en una primera enunciación. En primer
término, dependerá del tiempo que tome al Estado entender que su
responsabilidad es educar y habituar a la ciudadanía en la actividad digital. En
segundo término, de la disposición tanto del mercado, como del poder público,
para facilitarle a la totalidad de la población el acceso masivo a los medios
tecnológicos básicos. Como ocurrió con la televisión, dichas herramientas
requieren algún período, tanto para que sean accesibles a todos, como para que
todos puedan familiarizarse con su manipulación básica. También depende de que
las entidades logren implementar los mecanismos tecnológicos que garanticen la
seguridad de la participación electrónica del ciudadano. Dudas con los conteos
electrónicos han desprestigiado democracias. Sabotajes o fallas en dichos
sistemas pueden provocar la alteración de los resultados, dobles sufragios,
irregularidades con la identidad de los participantes, o la caída del sistema
informático antes de lo previsto. Todo lo anterior hace desconfiar de su
implementación hasta que no se conquisten mejores garantías en esta materia. El
último obstáculo es la resistencia de los estamentos políticos para promover los
cambios. Aparte de la implementación de los nuevos institutos constitucionales
que ya mencioné, enfrentar jurídicamente el reto de la digitalización en los
diversos procesos públicos, requiere además de una ley marco que establezca un
régimen integral de gobierno digital y una verdadera sistematización de la
actividad. Por ejemplo, la ley de Certificados,
firmas digitales y documentos electrónicos es un esfuerzo encomiable, pero
frente al ideal de una sinfonía, ella es apenas un sonido gutural. fzamora@abogados.or.cr