Dr. Fernando Zamora Castellanos.
Doctor en derecho constitucional, Msc. en Teología.
Publicado en el suplemento Pagina Abierta bajo la dirección:
En el artículo Vectores
para una visión nacional, publicado el 5 de marzo pasado en Página
Abierta, sostuve que existían parámetros, -a manera de hojas de ruta o “carriles”-,
por donde debían necesariamente transitar las políticas públicas y las
iniciativas legislativas. Afirmé que “cualquier
iniciativa política que pretenda ir en contravía de dichos vectores, se expone
a chocar contra la nueva historia que se escribe.” Uno de esos parámetros
que entonces mencioné, era el de la promoción de las energías limpias, para lo
cual anoté que “sostener y promover el
chantaje petrolero, es transitar en sentido contrario al futuro.” Por supuesto que no he sido el único ciudadano
que se ha manifestado en ese sentido. Por la irrefutable certeza de tal
criterio, prácticamente la unanimidad de las mesas ciudadanas que han planteado
ideas respecto al futuro del país, coinciden al unísono en esta consideración. Cuando
el Expresidente Figueres me invitó a ser parte del Consejo Consultivo del foro Vía Costarricense, una de las
principales conclusiones de tal proyecto país fue la necesidad de que Costa
Rica migre a los combustible limpios. La Sra. Presidente de la República ha
sido coincidente con este objetivo. Con ocasión de la inauguración de una
planta privada de gas propano, aseguró sin ambages que “Costa Rica está emigrando hacia los combustibles limpios y se aleja de
los derivados del petróleo. Para el 2015 el país debe tener acciones claras en
cuanto a este tema.” Sin embargo ahora, a contrapelo de este consenso
nacional, y con el objetivo de ejecutar
la construcción de una refinería para procesar crudo, nuestras autoridades pretenden
endeudar al país en una suma que sobrepasa los mil doscientos millones de dólares.
La esencia del problema es que se pretenda endeudar al país en razón de una
obra que contradice la nueva historia que Costa Rica debería escribir. No
obstante, como si no fuese ya de por sí grave el hecho de que esa deuda que
adquiriremos sea altamente inconveniente, es aún más preocupante la vía por
medio de la cual se pretende alcanzar tal espurio objetivo. En aras de lograr
el cometido, los funcionarios que están detrás del proyecto se han ideado una verdadera
entelequia, la cual no termino de explicarme. Y tratándose de este tipo de
materia, -por las razones que expondré-, la veo contra el derecho de la
Constitución. De la propuesta parece evidente que el resultado final será la
evasión de los controles constitucionales en materia de empréstitos internacionales
y de los controles administrativos que
son propios de este tipo de multimillonarias deudas públicas. Veamos. El
proyecto es un plan conjunto de Recope con una firma mercantil inscrita en Gran
Caimán, y que los funcionarios aseguran que es subsidiaria de la petrolera
China CNPC. Esta empresa constituida en Gran Caimán, en su condición tal,
constituye en Costa Rica una segunda empresa denominada SORESCO, la cual tendrá
además la custodia tanto de la millonaria inversión pública que hará Recope,
como de la responsabilidad de la administración del proyecto. El proyecto
costará cerca de 1 400 millones de dólares. De éstos, se pedirán prestados a
acreedores internacionales 900 millones de dólares, mientras que Recope deberá
desembolsar 185 millones de dólares, aunado al hecho de que deberá hacerse
cargo de la remodelación de unas instalaciones que existen actualmente en Moín
y que sirven como tanques de almacenamiento. Esto último costará cerca de 127
millones de dólares. Una vez terminada la obra e iniciadas las operaciones, SORESCO,
encargada de pagar el préstamo al acreedor, o acreedores que eventualmente
presten el dinero, le arrendará, -con opción de compra-, la planta a Recope por
un periodo de 15 años. Con el pago de este alquiler, Soresco cancelará la deuda
con el prestamista. Del plan jurídico propuesto por los funcionarios, existen
varios problemas de fondo. El más grave de tales inconvenientes jurídicos es
que Recope ha solicitado a la Contraloría General de la República que se le
excluya de los procedimientos, y por tanto, de los controles aplicables a los
concursos establecidos en la Ley de Contratación Administrativa. La
justificación única para ello es que es “la
única forma de alcanzar la debida satisfacción del interés general o de evitar
daños o lesiones a los intereses públicos.” En momentos en que la misma
Sra. Presidente ha reconocido que la política pública va en el sentido de emigrar
hacia los combustibles limpios y alejarse de los derivados del petróleo, ¿cómo
entonces pretender justificar la evasión de los controles administrativos en
esta materia alegando que se hace para satisfacción del interés general o
evitar daño al interés público? Con este fundamento no es jurídicamente conveniente
pretender que se eludan los controles administrativos que establece la ley. El
segundo problema jurídico de fondo lo ha alegado con lucidez la Contraloría
General de la República en su oficio DCA-0992 del 27 de marzo del 2009. Lo
resume en el inconveniente de que Recope comprometa patrimonio de esa empresa
pública en un acuerdo en el que existe la posibilidad de que el accionista
cumpliente detente libremente todos los aportes allegados al proceso por la
parte imposibilitada de cumplir. Tal riesgo, -en correcto criterio de la
Contraloría-, implica atentar contra los principios de la sana administración
pública. Recordemos que, al fin y al cabo, se trata de un proyecto que finalmente
será administrado por una empresa mercantil. Aún más, en relación al monto
sobre el cual Recope se estaría aventurando, ¿qué le garantiza al país que el
arrendamiento asegure una rentabilidad del 16% como la exigida por los
inversionistas? Por otra parte el proyecto implica para el país un
endeudamiento de 900 millones de dólares. En razón de este requerimiento, veamos
el tercer problema jurídico de la pretensión de las autoridades de Recope. Del
acuerdo con la empresa sino-caimanita no está claro el mecanismo constitucional
de aprobación de la deuda de casi 900 millones de dólares que deberá asumir el
país para completar el proyecto. Debemos advertir que el artículo 121
constitucional establece claramente dos elementos importantes al respecto: por
una parte que la aprobación de empréstitos internacionales es materia
parlamentaria y por otra, que los “depósitos”
de petróleo y sustancias hidrocarburadas no deben salir del dominio estatal. Finalmente
un cuarto inconveniente jurídico es que se evaden los mecanismos usuales para
este tipo de inversiones estatales como son los procedimientos licitatorios
internacionales modalidad built-operate-transfer
que, a manera de ejemplo, son los que el ICE ha venido aplicando. Ante la
prensa, la Sra. Presidente ha justificado el proyecto en la necesidad de
aumentar nuestra capacidad de almacenamiento de hidrocarburo. El sentido común
nos dice que bastaría ampliar los tanques de almacenamiento de Recope, lo que
le costaría al país una suma muchísimo menor. fzamora@abogados.or.cr