domingo, 12 de octubre de 2008

¿Por qué es prioridad la Constituyente?

  • Un modelo constitucional directorial para Costa Rica
En 1995 la Revista Parlamentaria dedicó una de sus ediciones a un debate que se gestaba. La polémica así se resumía: ¿Era el presidencialismo, o por el contrario, el parlamentarismo, la mejor alternativa para la vida política nacional? Y lo he vuelto a oír en estos días.

En aquel momento –y aun hoy– la perspectiva del debate me pareció errada, lo que me motivó a combatir, por medio de un ensayo que en aquel entonces fue publicado, el error de reducir el análisis a aquella disyuntiva: presidencialismo-parlamentarismo. Además –por las razones que expondré–, sostuve la necesidad indispensable de una convocatoria constituyente. Repaso la tesis que entonces defendí.

Ciertamente los ya citados constituyen los dos tipos de gobierno tradicionales de la democracia representativa, típicos de la revolución industrial. En el primero de ellos, quienes controlan el poder gubernamental son un parlamento y un gobierno separados, pero constitucionalmente obligados en función de un proceso de coordinación; existe un proceso de interrelación más no de subordinación o integración, en el que –en la práctica– es el Poder ejecutivo quien asume el rol de liderazgo.

En el parlamentarismo, por el contrario, ambos poderes actúan integrados. Pese a que durante los primeros años de nuestra vida independiente, el localismo sobrevivió ante los aún tímidos intentos centralistas, nuestro país dio sus primeros pasos de la mano de claras expresiones de parlamentarismo. En principio, sin una orgánica división de poderes, a partir de 1825 con un Congreso fortalecido, e incluso con la instauración de un poder conservador senatorial y bicameral. Sin embargo, desde que se consolidó nuestro Estado nacional –cuatro décadas después de nuestra independencia–, el centralismo –y con ello el presidencialismo– fue asumido.

¿Las razones originales? Fundamentalmente fortalecer al débil Estado de la época, de tal forma que pudiese atender las urgentes necesidades de infraestructura de la agroexportación que surgía a partir del siglo XIX. De ahí que, abogar por el parlamentarismo, en sustitución del presidencialismo resulte –si se quiere– anacrónico. Es promover la vuelta a la edad antigua para librarse del oscurantismo medieval. El regreso del vapor en sustitución del hidrocarburo.

Ambos son tipos de gobierno que surgieron como respuesta a la necesidad de expresión de las democracias representativas, pero que poco ofrecen para enfrentar los retos de la era digital. Los vientos del nuevo paradigma nos obligan a promover nuevas formas de concebir el Estado, más ligadas a la idea de la participación, como concepto diferente de democracia. Desde una perspectiva doctrinaria, lo que Costa Rica requiere es cercano a lo que denominaba Loewenstein un modelo constitucional directorial, el cual estimula formas más directas de participación.

No siempre vivimos bajo la tutela del centralismo, por lo que nuestra historia ilustra tipos de gobierno que se extinguieron como producto de la evolución de nuestras condiciones de desarrollo, pero que, rediseñadas según los requerimientos modernos, podrían renacer. Además de los ayuntamientos, la alborada nacional conoció otras instituciones de democracia participativa, básicas en el fortalecimiento y promoción de nuestra gobernabilidad: el cabildo o concejo abierto, que eran asambleas generales de vecinos y comunidades. Igualmente los concejos cerrados: grupos representantes por cortos períodos para observar las decisiones asumidas. Estos últimos, embriones de nuestras actuales corporaciones municipales.
Redes de convivencia. Asimismo, dichas formas gubernamentales –por su naturaleza participativa– establecen períodos de control del ejercicio administrativo sumamente cortos, semestrales o anuales, lo que contribuye en grado sumo a la fiscalización de la actividad administrativa.

Todas esas formas de gobierno abarcaron una gama importante de campos de desenvolvimiento, a tal punto que, amén de contribuir en el desarrollo de la educación, la seguridad, las obras públicas, la administración hospitalaria y censataria –entre otras– permitió el fortalecimiento de redes y lazos de convivencia y solidaridad comunitaria. Caldo de cultivo de nuestro profundo sentido democrático.

Hoy, la irrupción de nuevas formas mundiales de creación de riqueza, están promoviendo una estructura económica global determinada por el aporte del conoci- miento y la velocidad de las infocomunicaciones, lo que, en el plano político, obliga a los sistemas gubernamentales que pretendan sobrevivir, a adoptar diseños constitucionales que permitan a sus sociedades el máximo acceso a la toma de decisiones y al control de los asuntos públicos. Tal contexto nos lleva a concluir que la supervivencia de la democracia costarricense está unida a nuevas formas de concebirla, mediante mecanismos de participación más directos, como modelos de estado regionales, comunales y de cabildo.

Lo anterior requeriría –más que de un sistema parlamentario o presidencialista– una forma de gobierno constitucional directorial. En este punto es que resulta indispensable la convocatoria constituyente, pues tal transformación del diseño de nuestro Estado, solo es viable por ese medio.

Dr. Fernando Zamora.
Abogado constitucionalista.


Publicado:La Nación, 12 de octubre 2008 http://www.nacion.com/ln_ee/2008/octubre/12/opinion1734452.html

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