miércoles, 20 de noviembre de 2013

CRISIS EN LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS



Dr. Fernando Zamora C.
Abogado constitucionalista

Publicado en el diario Español El Imparcial así:

El artículo 8° de la Convención Americana de Derechos Humanos vela por el resguardo del debido proceso. En concordancia con la norma anterior, el 18.1.C del Estatuto de la Corte IDH, establece, de forma inobjetable, que cualquier circunstancia que afecte la imparcialidad e independencia de sus jueces para un caso, le impide el ejercicio del cargo. Por ello -y en virtud del numeral 19.3 de ese Estatuto-, tanto el Juez Presidente García, como también los jueces Margarette May Macaulay y Alberto Pérez, -por las circunstancias que enunciaré-, sabían que debían inhibirse de asumir el caso contra Costa Rica en relación a la Fertilización in Vitro y pese a ello, no lo hicieron. Los hechos que aquí expongo, -que le prohibían participar del caso tanto al Juez Presidente de la Corte como a los otros dos jueces que cité-, lo vicia de nulidad por grave violación al debido proceso.  De los distintos hechos que referiré, los que sucedieron durante el debate, constan en videos de la audiencia. Permítaseme enunciar solo algunos ejemplos. En el año 2009 el presidente de la Corte IDH, -Diego García Sayán-, escribió, en un artículo de difusión masiva, que la despenalización del aborto en México DF había supuesto una mejora para las mexicanas. Lo tituló “Muertes anunciadas, derecho a la vida”, y fue publicado el 13 de marzo del 2009 en La República, uno de los diarios influyentes del Perú. En el 2011, el mismo Juez Presidente, escribió además para una organización promotora del aborto a libre demanda. Para entonces declaró que estaba en contra de la prohibición del aborto. El libro se denomina “75 opiniones sobre el aborto. Un tema para hablar, una agenda para discutir. (pag.34) Así mismo, otra Juez, M. May Macaulay fue asesora legal del “National Advisory Group on Abortion” y el 23 de abril del 2009 expuso públicamente una posición favorable al aborto en la conferencia titulada “Establishing Common Ground: A Conversation on Reforming The Law on Abortion in Jamaica.” Lo anterior también la inhabilitaba jurídicamente para dictar sentencia en el caso contra Costa Rica. Durante el debate, la actuación de dicha Juez rayó en lo extravagante. Para ello, transcribo literalmente lo que el periodista del diario costarricense La Nación, Luis Edo.Díaz, narró en su crónica del día 7 de setiembre del 2012: “El otro punto álgido de la jornada fue cuando la jueza jamaiquina Margarette May cuestionó los razonamientos que minutos antes había dado la Procuradura Brenes de porqué no se permitía la FIV aquí.” (LN/7/9/12) De hecho, -tal y como consta en el video-, May además expresó: “Yo espero que Costa Rica reconsidere su posición, o por lo menos que la examine” Dos situaciones similares a esa última, las protagonizó el Presidente de la Corte. Una al final de la audiencia y otra cuando Fernando Zegers, -una de las personas que declararon contra Costa Rica-, finalizó su exposición. En presencia de toda la audiencia, el Juez García felicitó su intervención. Al punto de tener la audacia de calificarla como “ilustrativa y completa”. Todo lo anterior, ¡sin que aún el tribunal hubiese siquiera deliberado, ni mucho menos emitido sentencia! Frases y gestos irónicos contra las tesis de nuestros defensores ocurrieron en la audiencia En un momento, al dirigirse a la Procuradora General de la República, la juez May dijo: “…reconozco que Costa Rica es responsable de proteger la vida de su gente”, pero mientras lo decía, con sus propios dedos simuló el entrecomillado de la expresión, lo cual reflejaba su intención de realizar un sarcasmo contra la funcionaria. Más hechos. Otro Juez, -Alberto Pérez-, a través de la red social Facebook, dejó claro sus preferencias personales hacia grupos que militan por la despenalización del aborto en América Latina, como la “Campaña Latinoamericana por el Derecho al Aborto.” En la sesión del 6 de setiembre, -e igualmente antes de que el Tribunal deliberara-, se atrevió a criticar una valoración negativa sobre la FIV. Circunstancias como esas explican transgresiones procesales tales como el hecho de que nuestro Estado ofreciera como perito a la científica Dra. Maureen Condic, -una de las máximas autoridades planetarias en el tema del inicio de la vida- y la Corte se negara escucharla. Solo aceptó que se presentara un escrito de ella. Téngase presente que cuando he enumerado lo anterior, me estoy refiriendo a los tres jueces que inclinaron la balanza en la condena y cuya jerarquía y potestades les otorgó la facultad de imponerse ante una decisión soberana de nuestro Estado. Decisión además que era valiente, contenida en la sentencia constitucional redactada por nuestro eximio jurista Dr. Rodolfo Piza Escalante, precisamente un Expresidente de esa Corte IDH. Fallo que representaba una garantía para evitar la manipulación en nuestro país de los embriones humanos. No por casualidad es que Jo Pasqualucci, prestigiosa jurista y exfuncionaria del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, en su obra “Prácticas y Procedimientos de la CIIDH” ha denunciado la caída en la calidad de los Jueces de la Corte. La cito textualmente: “…algunas naciones han votado reiteradamente en bloque para elegir candidatos a pesar de estar pobremente calificados.” (Pag.348) Lo que aquí he escrito es información que se puede y debe constatar. Máxime tratándose de asunto tan serio, como lo es una condena contra nuestro país por violar derechos humanos. Así las cosas ¿qué sigue? Al igual que en su momento no lo podía creer yo, el Ministro de Relaciones Exteriores  no debe dar estos hechos por ciertos sin corroborarlos formalmente. Hay más situaciones anómalas de lo que aquí he anotado que serían reveladas a partir de una instrucción formal. Deben recabarse testimonios, prueba documental y los videos de la audiencia, entre otras gestiones. Por la ya enumerada violación al derecho internacional en relación al debido proceso-y en ejercicio de las responsabilidades constitucionales de nuestro Ministro-, es su deber instruir una orden de investigación formal que demuestre la nulidad de la condena contra Costa Rica. Confirmados los hechos, debe remitirse dicho informe a la Asamblea General de la OEA. En abril de este año la OEA votó para mantener abierta la discusión acerca de las reformas de la Corte IDH y de la Comisión IDH, por lo que las circunstancias son apropiadas. La caída en la calidad del sistema interamericano de derechos humanos es algo que nos amenaza. Algunas normas de su Estatuto deben ser modernizadas, -como el art.20°-, que impide a la Asamblea General de la OEA ejercer potestad disciplinaria sobre sus jueces, salvo que los restantes miembros de la misma Corte así lo soliciten. Ello provoca impunidad contra actuaciones indebidas de los jueces. Ratificadas las evidencias y presentado el informe de nuestro gobierno a la OEA, ésta podría  realizar formal excitativa a los restantes jueces de la Corte para que realicen la instrucción de estos hechos a lo interno de su entidad, procediendo de conformidad con el artículo 20° de su Estatuto. Al menos, nuestra Cancillería debe realizar la investigación inicial. Hasta que ello suceda, la prudencia manda que nuestro Congreso se abstenga de discutir el tema FIV. Esta gestión resulta particularmente urgente si tomamos en cuenta también que esta misma Corte, -presidida por García Sayan-, ha emitido después la resolución Memoli √s Argentina, donde se desmantela el derecho de la libre expresión, afectando a miles de periodistas en América y propiciando su desamparo en casos de corrupción. El honorable Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica tiene un grave deber con nuestra historia. fzamora@abogados.or.cr

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