Abogado constitucionalista.
Publicado en el diario La Nación:
La decisión del Sinart de prohibir la transmisión de la misa ha traído a
colación el tema del laicismo antiliberal en Costa Rica. En este espacio resumo
de qué se trata el asunto. Veamos. Los Estados tienen esencialmente cuatro
posibilidades de asumir postura frente al tema religioso. Dos de esas posturas
afirman la libertad, y usualmente se enmarcan dentro de lo que en derecho
constitucional denominamos Estados democráticos de derecho: ellas son la sana
laicidad, y por otra parte la confesionalidad. Las otras dos posturas que sí son
contrarias a la libertad son la teocracia y el laicismo antiliberal. Haré aquí un breve resumen de todas ellas. Empecemos
con el laicismo antiliberal, que es un fenómeno añejo y cíclico. Esta es una
postura que aspira a proscribir desde el Estado toda expresión de
espiritualidad de la esfera pública. Lo hace en nombre de una malentendida defensa
de la igualdad y de un presuntuoso “racionalismo”. La primera manifestación de
laicismo antiliberal ocurrió con los excesos de ciertas facciones de la
corriente jacobina durante la revolución francesa. Autores como Lamartine, nos
refieren la política de agresión contra el culto cristiano promovido por dichos
sectores radicales. Allí se llegó al extremo de promulgar la ley del 21 de
octubre de 1793, que condenaba a muerte a aquellos sacerdotes que no abjuraran
de su fe, o que no jurasen lealtad a la doctrina del nuevo régimen instaurado. A
las recordadas masacres de religiosos en septiembre de 1792, se sumaron las
órdenes de Jean Baptiste Carrier, y de Collot D´Herbois -entre otros-, donde se
ordenaban asesinatos masivos de sacerdotes y monjas, al tiempo que se aprobaban
leyes que proscribían la cultura cristiana. Tal y como lo anota el historiador
François Souchel, tras las “revolucionarias” leyes de descristianización, existía
un ánimo de odio, confiscación y humillación; incluso la Catedral de Notre Dame
fue tomada para realizar actos de profanación.
Más de un siglo después de aquel episodio, Mario Rosso en su obra “Violencia nazi contra la Iglesia”, y Eric
Metaxas en su biografía del mártir Bonhoeffer, documentan los horrores que
sufrió la Iglesia por la persecución del neopaganismo nazi. Durante el
paroxismo de esa histeria, los cultos de las diversas denominaciones cristianas
se debían subordinar a la doctrina nacional-socialista, desnaturalizando
completamente el sentido de éstos. La Gestapo se encargaba rápidamente de los
sacerdotes o pastores disidentes. En el siglo XX ocurrieron múltiples
manifestaciones del fenómeno laicista anti libertad. Por ejemplo, en su
prolífica obra sobre la guerra civil española, Hugh Thomas documenta como
algunos grupos ultra radicales de la República, quemaban Iglesias y conventos, y
hacían ejecuciones masivas de religiosos. Aquí también amerita mencionar a los
regímenes marxistas del siglo pasado, donde las actividades eclesiales eran
absolutamente proscritas en prácticamente todos aquellos Estados. Como ése es
un fenómeno cíclico, tímidamente está empezando a resurgir en Occidente este
tipo de expresiones, que aspiran a desterrar la espiritualidad de los espacios
públicos.
Una segunda expresión extremista, contraria a la libertad en las
relaciones Estado-fe, es la teocracia. En el extremo contrario al laicismo, la
teocracia es el régimen en donde el gobernante es, a su vez, el jefe religioso
del país. Ese fenómeno actualmente es prácticamente inexistente, salvo en el
mundo musulmán, donde impera en el régimen chií de Irán, y en el pasado
reciente, con los talibanes de Afganistán. De hecho, la teocracia no existe en
nuestro Occidente de raíz cristiana. En nuestro hemisferio no prosperó porque
la base de la sana laicidad se fundamenta precisamente en la teología cristiana
que la desestimula. El cristianismo desarrolló el concepto de “gobierno limitado”, que solo
resulta natural a quienes hemos sido criados en las civilizaciones de raíz judeocristiana.
La idea de división entre el reino terrenal y el espiritual, fue concebida por
la teología cristiana derivada del precepto que mandaba “dar al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios” (S.
Lucas 20:25). Lo que ello implica, es
que dentro de cada persona, hay un ámbito de conciencia y de libre albedrío que
debe ser ajeno al control político. Las autoridades terrenales, -no importa
cuán poderosas sean-, no pueden usurpar la autoridad que legítimamente solo
pertenece a Dios. Ese es el origen del concepto constitucional del gobierno
limitado. Por el contrario, al igual que lo hacían los Césares del mundo
occidental anterior al cristianismo, en el islamismo impulsado por Mahoma, se
integraban como preceptos religiosos todas las esferas de la vida social, lo
que estimuló una peligrosa cultura totalitaria. Lo anterior explica por qué
razón la sana laicidad, que es la tercera postura respecto a la relación
Estado-religión, surgió en aquellas culturas de raíz cristiana. Allí el Estado
y la religión, si bien están separados, pueden convivir en armonía, como sucede
por ejemplo en Estados Unidos.
La cuarta y última de las posturas que paso a enumerar, y que se inscribe dentro de los regímenes democráticos, es la confesionalidad. Un Estado confesional es un Estado en el que es posible que -ya sea en su Constitución o en algunas de sus leyes-, exista una enunciación respecto de los valores espirituales que sustentaron la fundación de su nacionalidad. Tal y como sucede en nuestro país. La confesionalidad es simplemente un reconocimiento de las bases espirituales que fundaron la nacionalidad, y en nada coarta la libertad de culto. Incluso, como es el caso de Costa Rica, la confesionalidad puede coexistir con la laicidad. No con el laicismo, pero sí con la sana laicidad. Por ello, a pesar de que Costa Rica es Estado confesional, tenemos libertad de culto, e incluso, está prohibido por nuestra Constitución que los clérigos ocupen posiciones políticas. Esos son institutos típicos del Estado laico que conviven sin problema con nuestra confesionalidad constitucional. Nuestros artículos 74 y 75 constitucionales, o la ley general de Educación en su artículo 3°, estatuyen el reconocimiento de los valores cristianos de los fundadores de nuestra nacionalidad, que por cierto son aún, los de la mayoría de nuestros habitantes. Sin problema armonizan elementos del Estado laico y confesional. En síntesis, la existencia de nuestros enunciados confesionales no impide el libre ejercicio de otros credos. Tampoco impide una sana laicidad; al punto de ocurrir el abuso de quienes no tienen del todo creencia, como sucedió con los funcionarios públicos que, llenos de animadversión hacia la fe, pretendieron prohibir en canal 13 las expresiones de espiritualidad de nuestro pueblo. fzamora@abogados.or.cr