Abogado constitucionalista.
Publicado en La Nación:
La Corte Penal Internacional, es un Tribunal
internacional cuya jurisdicción comprende los países adheridos a su pacto
fundacional, el Estatuto de Roma de 1998. Básicamente, ella atiende lo que en
derecho penal internacional se conoce como delitos de lesa humanidad. En
esencia, el concepto se refiere a crímenes relacionados con violencia física en
contra de colectivos humanos. Tales como los exterminios, torturas y asesinatos
de adversarios o disidentes políticos, desapariciones selectivas, políticas de
segregación racial, y la esclavitud grupal, entre otras fechorías. Hasta 1946,
en los juicios de Nuremberg contra las antiguas autoridades nazis, la represión
judicial de los delitos políticos fue una práctica inexistente. Y no dudo que esos
castigos fueron posibles gracias a que los nacional socialistas perdieron la
guerra. Si la hubiesen ganado habrían quedado impunes. Por ello no se juzgaron los
exterminios perpetrados por Stalin en la Unión Soviética durante la gran purga
de la década de 1930. Porque el sí ganó la guerra. Es hasta hace muy pocos años
que el sistema judicial internacional decidió atreverse a procesar a quienes detentan
el poder. En el pasado, infaustos personajes murieron impunes, o solo fueron
perseguidos hasta que los sacaron del poder. Mao, Pol Pot, Jean Pierre Bemba,
Radovan Karadzic, o Charles Taylor, -entre otros-, son ejemplos de
exgobernantes que, si no terminaron impunes, únicamente fueron procesados hasta
que salieron expulsados del poder. Mientras lo detentaban no fue posible
juzgarlos en sus países, pues sus regímenes no eran verdaderas repúblicas.
En las repúblicas se garantiza la división
de poderes, y los jueces son totalmente independientes del control presidencial.
No así en las satrapías. Dos manuales que describen como se desmantela una república,
son los libros del prominente jurista Allan Brewer-Carías, denominados
“Dictadura judicial y perversión del Estado de derecho” y “Consolidación de la
tiranía judicial”. Allí se describe prolijamente el “iter criminis”, o el camino
del delito hacia la destrucción del Estado, engendrando la satrapía. En
cambio, en los países que aún son repúblicas, como sucede en el Brasil de los
procesados Dilma y Lula, la Italia del enjuiciado Berlusconi, y los Estados
Unidos que vieron a Bill Clinton librarse por un pelo del desafuero por perjurio,
los gobernantes que transgreden el orden republicano son inmediatamente
castigados por sus propios tribunales. Sólo cuando los países dejaron de ser
Estados de derecho, es que la justicia internacional se ve obligada a actuar. Y
como en algunos casos el sistema legal internacional sí evoluciona para bien,
debemos reconocer que ha mejorado el sistema mundial de represión criminal
sobre la clase política. Porque en los últimos años la Corte Penal
Internacional ha sido proclive a procesar a aquellos líderes que cometen
crímenes de lesa humanidad, pese al hecho de que éstos aún conserven el poder.
Tal es el caso del filipino Rodrigo Duterte, actualmente investigado por
asesinatos de civiles, o el del Presidente sudanés Omar Hasan el Bashir, contra
quien se emitió orden de detención en el año 2009 por los crímenes de guerra en
Darfur. Si perteneciera Siria a la jurisdicción de la Corte Penal
Internacional, no me cabe la menor duda de que dicho Tribunal ya habría
procesado al actual Presidente Bashar Al Assad por el ataque químico contra la
población civil de Idlib, provincia al norte de Siria, donde era fuerte la oposición
al régimen. Lo que lo libra es el hecho de que el brazo de la Corte no lo puede
alcanzar, por carecer de jurisdicción allí.
En este contexto, cabe recordar la buena
noticia de que Venezuela es parte signataria del Estatuto de Roma, por lo cual
dicha nación sí está bajo la jurisdicción de ese Tribunal. Esto significa que
los crímenes de lesa humanidad cometidos dentro del territorio venezolano,
pueden ser juzgados en dicha sede. De hecho, la gambiana Fatou Bensouda, -fiscal
de esa jurisdicción-, acaba de iniciar la formal apertura de examen preliminar
contra el Presidente Nicolás Maduro. De momento se le investiga por los
asesinatos cometidos por el régimen suramericano entre marzo y agosto del año 2017. Según la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para
los Derechos Humanos (ACNUDH), al 31 de julio de ese año,
se documentó la masacre de 124 personas en el contexto de las protestas. De
ellas, 46 se consideran obra de las fuerzas de seguridad, y 27, de los grupos paramilitares
del régimen, llamados colectivos bolivarianos. Si bien es cierto el actual examen preliminar se
ha enfocado en esos hechos específicos, asociados a
asesinatos y ejecuciones masivas contra disidentes, amerita señalar que las
organizaciones que colaboran en las denuncias contra la dictadura madurista, deberían
interponer otras causas que también implican crímenes de lesa humanidad. Veamos.
En primer término, los encarcelamientos masivos de disidentes políticos; un
hecho harto documentado y denunciado por la ONU y otras múltiples
organizaciones de reconocido prestigio. Tan solo durante ese período
señalado, se cuenta con más de 5.000 detenidos, muchos de
ellos menores de edad. Súmense múltiples casos de desapariciones
forzadas.
El prestigioso Foro
Penal Venezolano, registra la estadística reciente de más de 1300 presos
políticos encarcelados por el delito de oponerse a la
dictadura del sur.
En segundo término, y derivado de los
encarcelamientos antes señalados, la ONU, a través de su Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos
(ACNUDH), documentó que el régimen ha ejecutado detenciones arbitrarias que
incluyen tortura con cloro y sal, con instrumentos de descarga eléctrica,
asfixias parciales y golpizas contra los detenidos. Leopoldo López, el reo más
célebre, denunció que durante su encierro en la prisión de Ramo Verde, se vio
sometido a palizas durante la madrugada, lanzamiento de excremento por parte de
autoridades penitenciarias, largas supresiones de la luz solar, y encierro en
calabozos diminutos, entre otras torturas. Además fue testigo de ese tipo de suplicios
contra otros presos políticos de la prisión. Aunque apenas inicia el proceso
penal, las democracias deben presionar para que también sea procesado Diosdado
Cabello, la otra figura siniestra de la dictadura. No dudo que esas dos órdenes
internacionales de detención, serían el eslabonazo que termine de aislar y
demoler al régimen.
fzamora@abogados.or.cr
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