domingo, 12 de septiembre de 2004

Tráfico de influencias e impunidad

Tráfico de influencias e impunidad
Ley actual protege a los corruptos no funcionariosFernando Zamora C.Doctor en Derecho Constitucional
Publicado en el Periódico La Nación 12 de setiembre 2004.
http://www.nacion.com/ln_ee/2004/septiembre/12/opinion6.html

En el año 1990, siendo asesor parlamentario de la fracción del Partido Liberación Nacional, redacté un proyecto de ley denominado “Proyecto de Ley para la penalización del tráfico de influencias” . Dicho proyecto nació producto de la necesidad que encontré de crear contrapesos jurídicos que desestimulasen la tendencia de muchos exfuncionarios públicos poderosos que medran del poder económico a la sombra de su influencia.
Dicho proyecto nació fruto de mis investigaciones respecto de la legislación internacional, en especial el caso característico de la venezolana Ley de salvaguarda del patrimonio público, que tipificaba aquel delito. Pese a que dicho proyecto entró a la corriente legislativa, no contó con el respaldo suficiente para impulsarlo seriamente, de lo que resultó finalmente en el hecho de que el proyecto durmiese el sueño de los justos y muriese por inanición.
Dicho proyecto precisamente pretendía evitar la influencia malsana de terceros en la administración pública y, por otra parte, que exfuncionarios públicos que utilizaban sus influencias para obtener beneficios indebidos resultasen impunes por el solo hecho de haber dejado sus funciones dentro de la administración pública, triste portillo de escapatoria al que precisamente hoy se enfrenta la administración de justicia en relación con el caso del expresidente Rafael Ángel Calderón Fournier, quien hace diez años dejó de ser funcionario público.
Para cualquiera de los posibles tipos penales que deberá sortear el expresidente Calderón, léase cualquiera de los que constan en el título XV del Código Penal, correspondiente a todos los “delitos contra los deberes de la función pública”, solo para el caso de quienes “ofrecen u otorgan” beneficios ilegítimos –y no para el que recibe o se beneficia–, es posible acusar o imputar a quien no es funcionario público. Así las cosas, mientras no se apruebe la tipificación del delito de tráfico de influencias, un poderoso político, un poderoso expresidente o exdiputado o exministro, quien por lo general ostentan mayor poder dentro de la función pública que muchos funcionarios públicos vigentes de menor jerarquía, podrán realizar con vergonzosa impunidad sus incorrectas conductas.