miércoles, 5 de diciembre de 2018

POSTURA INCOHERENTE

Dr. Fernando Zamora Castellanos
Abogado constitucionalista.

Publicado en el Periódico La Nación
https://www.nacion.com/opinion/columnistas/postura-incoherente/EEW3TUWWCFFMHKHCMICTVA5W4E/story/

 

 

La Nación informó que la Cancillería costarricense no se adhirió a la demanda que siete países le hicieron a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) para que investigue a la dictadura venezolana por crímenes de lesa humanidad. A raíz del hecho, y a solicitud de otros medios informativos, declaré que esta omisión es una de las páginas más vergonzosas de la historia diplomática de Costa Rica. ¿Por qué? Lo resumo en tres razones claves. En primer término, por la actitud incoherente del gobierno costarricense, que por una parte envía un comunicado, afirmando a la prensa que expresaba su “apoyo” a la petitoria de los siete países, para después, negarse a firmar la misma. El colega Manuel Ventura, amplio conocedor del mundo de la diplomacia, calificó el hecho, -por decirlo de la manera más generosa-, como una total “informalidad”.

 

La segunda razón radica en el hecho de que esa actitud, agazapada y ambigua, contradice nuestra valiente tradición diplomática en favor de los oprimidos frente al poder. El manual de principios de nuestra política exterior contemporánea lo forjó José Figueres Ferrer en los años cincuenta, cuando asume el liderazgo latinoamericano contra lo que entonces daban en llamar la “internacional de las espadas”, que era el conjunto de dictaduras militares que entonces dominaban el continente americano. Fue un valeroso enfrentamiento contra sátrapas peligrosos de la ralea de Somoza, Marcos Pérez Jiménez o Trujillo, que incluso intentó asesinar a Don Pepe por ello. Salvo el apoyo de algunas figuras prestigiosas de la oposición política latinoamericana, como lo eran Rómulo Betancourt, Muñoz Marín, o Haya de la Torre, el gobierno de Costa Rica se encontraba prácticamente solo frente aquellas dictaduras. Años después enfrentamos otra gran crisis, la de la guerra centroamericana. Y la posición del gobierno fue igualmente valiente, enfrentando de forma directa la política belicista de la administración Reagan.

 

El tercer factor se refiere a lo que significa esa denuncia internacional para la lucha por la liberación del pueblo venezolano. La Corte Penal Internacional, es un Tribunal internacional cuya jurisdicción comprende los países adheridos al Estatuto de Roma de 1998, que es su pacto fundacional, y atiende lo que en derecho penal internacional se conoce como delitos de lesa humanidad. En esencia, el concepto se refiere a crímenes relacionados con violencia física en contra de colectivos humanos. Tales como los exterminios, torturas y asesinatos de adversarios o disidentes políticos, desapariciones selectivas, políticas de segregación racial, y la esclavitud grupal, entre otras fechorías. Hasta los juicios de Nuremberg en 1946, la represión judicial de los delitos cometidos por los dictadores era una práctica inexistente. Es hasta hace muy pocos años que el sistema judicial internacional decidió atreverse a procesar a quienes detentan el poder. Y la verdad es que sólo por esta vía es posible juzgar a los tiranos, pues mientras detentan el poder, sus regímenes no son verdaderas repúblicas, donde los jueces actúan con independencia. “Dictadura judicial, perversión del Estado de derecho” y “Consolidación de la tiranía judicial” son dos libros del jurista Allan Brewer-Carías que describe la ruta del delito hacia la destrucción del Estado venezolano. Y donde la república desaparece, es imposible juzgar al opresor que la controla. Cuando los países dejan de ser Estados de derecho, la justicia internacional se ve obligada a actuar. Y como en algunos casos el sistema legal internacional sí evoluciona para bien, debemos reconocer que ha mejorado el sistema mundial de represión criminal sobre la clase política, pues en los últimos años la Corte Penal Internacional ha sido proclive a procesar a aquellos líderes que cometen crímenes de lesa humanidad, pese al hecho de que éstos aún conserven el poder. Tal es el caso del filipino Rodrigo Duterte, hoy investigado por asesinatos de civiles, o el del Presidente sudanés Omar Hasan el Bashir, contra quien se emitió orden de detención en el año 2009 por los crímenes de guerra en Darfur. Si perteneciera Siria a la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, no me cabe la menor duda de que dicho Tribunal ya habría procesado al Presidente Al Assad por el ataque químico contra la población civil de la provincia de Idlib, donde era fuerte la oposición al régimen.

 

Pero Venezuela es parte signataria del Estatuto de Roma, por lo que dicha nación está bajo la jurisdicción del Tribunal. Esto significa que los crímenes de lesa humanidad cometidos dentro del territorio venezolano pueden ser juzgados. De hecho, la gambiana Fatou Bensouda, -fiscal de esa jurisdicción-, inició la formal apertura de examen preliminar contra el Presidente Nicolás Maduro y la denuncia que se negó rubricar la Canciller Campbell, es fundamental para el impulso del proceso. De momento se le investiga por los asesinatos cometidos por el régimen suramericano entre marzo y agosto del año 2017. Según la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos (ACNUDH), al 31 de julio de ese año, se documentó la masacre de 124 personas en el contexto de las protestas. De ellas, 46 se consideran obra de las fuerzas de seguridad, y 27, de los grupos paramilitares del régimen, llamados colectivos bolivarianos. Otras causas de lesa humanidad, son los encarcelamientos masivos de disidentes políticos; un hecho harto documentado por la ONU y otras organizaciones de prestigio. Tan solo durante ese período señalado, se cuenta con más de 5.000 detenidos, muchos de ellos menores de edad. Súmense múltiples casos de desapariciones forzadas. El prestigioso Foro Penal Venezolano, registra la estadística reciente de más de 1300 presos políticos encarcelados por el delito de oponerse al régimen. Derivado de los encarcelamientos antes señalados, la ONU, a través de su Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH), documentó que el régimen ha ejecutado detenciones arbitrarias que incluyen tortura con cloro y sal, con instrumentos de descarga eléctrica, asfixias parciales y golpizas contra los detenidos. Leopoldo López, el reo más célebre, denunció que durante su encierro en la prisión de Ramo Verde, se vio sometido a palizas durante la madrugada, lanzamiento de excremento por parte de autoridades penitenciarias, largas supresiones de la luz solar, y encierro en calabozos diminutos, entre otras torturas. Además fue testigo de ese tipo de suplicios contra otros presos. La omisión de la Cancillería, es una grave falta que atenta contra nuestro hoy devaluado prestigio.
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