miércoles, 1 de julio de 2009

La crisis constitucional en Honduras

Dr.Fernando Zamora Castellanos
Con ocasión de mis labores de profesor universitario, me correspondió dirigir una investigación académica en derecho comparado centroamericano, que me permitió la oportunidad de estudiar la constitución política hondureña, de la cual hoy extraigo conclusiones interesantes de compartir en relación a su actual crisis institucional. La quiebra constitucional en Honduras, -cuyas consecuencias políticas hemos conocido por medio de la prensa-, puede analizarse en dos visibles etapas de ruptura. Una primera etapa en este proceso de quebrantamiento al orden constitucional hondureño, se da cuando el Presidente Zelaya, en expresa violación al artículo quinto, doscientos treinta y nueve, y trescientos setenta y cuatro de dicha Constitución, ordena realizar, dentro del proceso electoral previsto para el domingo pasado, un referéndum sobre un tema que está absolutamente proscrito por el texto constitucional hondureño, como es el de la reelección presidencial. En los artículos constitucionales citados, se establece claramente que, en materia de reelección y en materia de duración del período presidencial, el referéndum está absolutamente prohibido. Aún más, en los artículos aludidos, la constitución hondureña además de impedir expresamente la realización de referéndum alguno en relación al tema, deniega claramente la posibilidad de reformar la Constitución en esa materia, adjudicándole a la norma antireeleccionista un carácter pétreo. Tan contundente es la norma constitucional al respecto, que el numeral doscientos treinta y nueve constitucional, determina que quien proponga la reforma a favor de la reelección presidencial, “o quienes la apoyen directa o aún indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública”. El texto de este precepto constitucional citado, refleja la gravedad que el constituyente otorgó a la defensa del principio antireeleccionista y las graves consecuencias que se le endilgan a quien pretenda su reforma. Así las cosas, y de acuerdo a lo expuesto, resulta claro que, -en una primera instancia-, el Presidente Zelaya incurrió en un abierto e indiscutible quebrantamiento del orden constitucional hondureño al utilizar los recursos del poder ejecutivo para imponer y financiar una consulta oficial en esa materia. Sin embargo, si lo que se debía era reprochar la transgresión del Presidente Zelaya, el ordenamiento constitucional hondureño preveía un procedimiento legal correspondiente, y por supuesto que NO consiste en la barbarie de allanarle su hogar, secuestrarlo y expulsarlo del país, lo que de por sí está expresamente prohibido por el numeral ciento dos de la constitución hondureña, que impide expatriar a un hondureño. La solución jurídica del entuerto ocasionado por Zelaya, debía resolverse de conformidad con lo contemplado en los artículos doscientos ocho, trescientos trece, y trescientos dieciséis de esa Constitución Política. En dichos procedimientos son los poderes legislativo y judicial los que resultan protagonistas. En el Poder legislativo, es la Comisión permanente del Congreso, al que según el ordenamiento, le corresponde recibir las denuncias por violaciones a su Constitución. Por otra parte es a la Corte Suprema de Justicia, al poder que le corresponde conocer los procesos incoados contra los más altos funcionarios del Estado, y un tercer protagonista es el Tribunal Constitucional hondureño. Este último, según aquella ley fundamental, dirime los conflictos entre los poderes estatales. Todo dentro del marco del debido proceso y con el implícito respeto de sus correspondientes etapas. Así las cosas, resulta que la respuesta frente a la conducta arbitraria e inconstitucional en la que incurrió el Presidente Zelaya, no fue la que preveía el ordenamiento, sino por el contrario, fue una reacción aún más atávica y brutal contra el orden constitucional establecido, lo que tristemente refleja el alto grado de inmadurez política de esa noble nación hermana. fzamora@abogados.or.cr

1 comentario:

Rafael Fernandez dijo...

Estimado Dr. Zamora Castellanos:

Con todo el respeto que usted Dr. Zamora Castellanos me merece, parece desconocer que todos los pasos legales indicados en su análisis si fueron dados y conocidos por el Sr. Zelaya y toda la nación, por lo menos un mes antes de su remoción, al no lograr que éste retirara su ilegal propuesta lo hicieron público mediante la prensa hablada, escrita y televisiva. El Sr. Zelaya, en directo por la televisión,dijo lo siguiente: "Veamos si el Abogado Rubí, (Presidente del Ministerio Público) se atreve a venir a Casa Presidencial a detenerme".

¡Ya quisiéramos tener aquí el repeto y sumisión a la Ley que hay en Costa Rica!
En Honduras no fallaron las leyes, lo que falló fué, el haber llevado a la presidencia (no voté por él) a un patán inculto que en tres años que fué a la Universidad, al no lograr más que un 13% de índice académico, se retiró para nunca más volver, compensando dichas carencias con una soberbia rayana en la Megalomanía, y que por las mismas razones, fué presa fácil de Chavez.

Aquí, por razones que desconozco, los Presidentes tienen una fuerza militar leal a éste llamada Guardia de Honor Presidencial, ¿quién sería el Civil, aunque éste represente al Ministerio Público, que se atrevería a ir a detenerlo?
¿Que alternativa quedaba en este caso? ¡Hacer uso de la única institución, que como otras,ha jurado defender a la República, La Constitución y las Leyes: Las Fuerzas Armadas!
El Sr. Zelaya tenía, en su "inocua" y "no incluyente" encuesta, a un lobo vestido de cordero.- El viernes previo a su derocamiento, publicó en el Diario Oficial La Gaceta el Decreto Ejecutivo que según él, daba el soporte legal al evento,con una "pequeña" modificación: "Esta encuesta sirve para determinar si el pueblo quiere una nueva Constitución". Si no se hubiera tomado ninguna acción, desde el lunes recién pasado se habría iniciado su perpetuidad en el poder.
Basado en lo anterior, este no ha sido un Golpe de Estado, las FFAA cumplieron una orden legal y amparados por la Constitución de la República la ejecutaron a cabalidad. No se ha roto el órden constitucional, las FFAA están en sus cuarteles. El Tribunal Superior Electoral ya confirmó que las elecciones de Noviembre se llevarán a cabo tal como estaba planeado. No ha habido ningún muerto,aunque si unos 15 seguidores de Zelaya lastimados con balas de goma.
Las manifestaciones a favor de la Constitución son multitudinarias(ver fotos en Diario La Prensa)

Estoy en contra de los Golpes de Estado, pero más detesto la ingerencia de países como Venezuela, mejor dicho su presidente,quien en reiteradas ocasiones, ha amenazado con derrocar al Presidente actual. Indicando que las FFAA de su país están alertas y a las órdenes de Zelaya para reinstalarlo. Ahora estamos con el temor de ser invadidos desde Nicaragua . ¿Por qué nadie dice nada al respecto si lo dijo en Nicaragua en la reunión del SICA y televisado por CNN?
Entendemos las reacciones internacionales en contra de este supuesto golpe, pero ello se debe al desconocimiento de lo que venía sucediendo en Honduras y de lo que fué menester hacer para salvar a la nación y en la medida que la claridad de los hechos llegue a todo el mundo se daran cuenta que HONDURAS HA ROTO UN PARADIGMA EN LATINOAMÉRICA: El uso de las FFAA para restaurar el Estado de Derecho en el País.

Nuestro pedido de Justicia no llegará a los Jefes de gobierno de Venezuela, Cuba, Nicaragua y otros, tampoco llegará a los Secretarios Generales de la OEA, donde el Sr. Insulsa quiere se reelecto y no piensa desaprovechar los votos de los que apoyan a Chávez y al famoso Sr.Ernesto Cardenal de la ONU, ya conocemos su pasado.Ojalá y llegue a los paises honesto amantes de la Paz

Para usted Dr., un respetuoso saludo.

Rafael Fernández